sábado, 13 de octubre de 2012

LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA


Bolivia ha inaugurado un nuevo tiempo de constitución de derechos, libertades y poderes, un tiempo en que la Constitución Política del Estado (CPE) y el constitucionalismo pasan de la interpretación a la acción, del conformismo social a la rebelión social emancipatoria, de la opresión a la acción libertaria.


Se trata de un periodo en que el despliegue libertario de las fuerzas sociales adquiere una viabilización constitucional impensable, improbable para todos los constitucionalismos disciplinaristas que ha conocido la historia mundial y particularmente  la latinoamericana, que se refuerza con la irrupción del constitucionalismo emancipatorio no mercantilista, con todo su potencial epistemológico que recupera los viejos pero renovados horizontes de solidaridad y compromiso extensivo y
permanente con el ser humano en todas sus dimensiones y formas de vida.


Este constitucionalismo emancipatorio constituye la referencia política en boga, tanto en Bolivia como en el Ecuador, porque pudo evidenciar materialmente la hipocresía del Estado social de derecho propio del siglo XX, traducida en una larga lista de derechos sin garantías de su efectivización y de compromisos estatales que nunca se vieron materializados. Es verdad que la ley por sí sola no cambia la realidad, pero es una poderosa herramienta para hacerlo. El constitucionalismo emancipatorio constituye ya un proceso en marcha.


La Constitución Política Plurinacional Comunitaria y Autonómica de Bolivia
emana de manos diversas como diversos son las comunidades, pueblos, nacione y departamentos que conforman el país; es el resultado de la generosidad con la vida humana y con la no propiamente humana (la Pachamama); proviene de viejas esperanzas renovadas por nuevas fuerzas sociales y nuevos vientos políticos.


Vivimos en una etapa de transición del Estado “uninacional” (colonial republicano y neoliberal) al Estado Plurinacional Comunitario y Autonómico (con todas las construcciones e innovaciones que implica en relación a los arreglos
institucionales, económicos, sociales, políticos y culturales), que definirá el
horizonte estatal en el corto, mediano y largo plazo.


En esta etapa, la lucha por la “verdad del derecho” se hace más compleja, más intensa, menos visible a la ciudadanía y más dispersa por la enorme cantidad de asuntos a resolverse, desde el desarrollo legislativo hasta las políticas públicas
concretas. Diversas voces opositoras intentarán la “desconstitución” de la
Constitución, pretenderán quitarle su fuerza epistemológica y, principalmente, su potencial histórico, en el que sustenta su programa político que es, a la vez, un proyecto nacional.


El presente documento recorre los horizontes de proyección que la nueva
Constitución Política ofrece generosamente al desarrollo legislativo, horizon que sólo pueden interpretarse desde su núcleo hermético, es decir desde las base fundamentales, donde se encuentran los valores, principios y fines del Estado. Y no podía ser de otro modo, ya que este lugar constituye el centro programático que luego se desarrollará prolíficamente en los niveles de derechos, deberes y garantías;  estructura funcional; estructura territorial y económica del Estado. En todos estos niveles, el ser humano se ubica en el centro de la CPE; ya no es el Estado como un fin en sí mismo, es una especie de derrame proyectivo a lo largo y ancho de la nueva Constitución.


Desde esta perspectiva, Félix Cárdenas, con su mirada aguda, nos hace un planteamiento renovado sobre lo político del colonialismo como experiencia previa a los debates constituyentes, rematando con un rotundo mensaje como imperativo
ineluctable: la descolonización es el piso ineludible de toda revolución en América Latina.

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